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Cheque en garantía no es título ejecutivo.

Corte Suprema determina que cheque en garantía no puede ser utilizado como título ejecutivo Fuente PoderJudicial.cl

La Corte Suprema determinó que un cheque dejado en garantía en una clínica no puede ser cobrado como título ejecutivo por el establecimiento de salud.

En fallo unánime (rol 7567-2011) los  ministros de la Primera Sala Sergio Muñoz, Juan Eduardo Fuentes, Carlos Cerda (suplente), Alfredo Pfeiffer (suplente) y la abogada integrante Maricruz Gómez de la Torre acogieron un recurso de casación presentado por Maritza Calderón Olguín en contra de un fallo que determinó que la Clínica Santa María podía cobrar un cheque por más de $ 3.000.000 (tres millones de pesos).

La sentencia determina que el cheque dejado en garantía no puede ser utilizado para una cobranza para condicionar una atención médica.

“Que la prueba rendida por el ejecutado, sobre quien ha recaído su peso configura plena prueba a la luz de lo preceptuado en los artículos  1698 y 1713 del Código Civil, de manera que no queda sino concluir que el documento entregado por doña Maritza Calderón Olguín en la institución de salud que demanda, por prestaciones médicas de su hija Stephany, no tuvo la calidad de cheque conforme disponen los artículos 10 y 11 de la  Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques , esto es, que no fue otorgado en pago de obligaciones ni en comisión de cobranza, como prescribe la citada ley. Tal infracción contraviene expresamente el tenor a la ley N° 20.394, que prohíbe condicionar la atención de salud al otorgamiento de cheques o dinero en efectivo. Y de esta forma, el cheque  no es apto para poner en movimiento la acción de autos, razón por la cual la excepción de falta de requisitos del título deberá ser acogida y denegada la ejecución”, dice el fallo.

La demandante concurrió en enero 2009 hasta el mencionado centro asistencial por la atención de su hija y se le solicitó que dejar un cheque en blanco como garantía el que luego intentó ser cobrado por la vía judicial, lo que se desestimó por la sentencia del máximo tribunaldeeo.rubackpage dubai escortэкскурсионные туры в мае 2015предложение продвижение сайтакредиты для малого бизнеса екатеринбургоставить бесплатное объявлениеотдых в танзании отзывы стоимостьвосхождение на килиманджаро укркредит на бизнес альфа банкзаказать кредитную карту в дельта банкегде взять деньги в долг в запорожьеотдых на кипре в маесафари тур агенствокупить гусятницу с антипригарным покрытиемтуры на кипр протарасдлина подъема на килиманджаропродвижение брендов торговой марки в интернетеидей для ванной комнатыпродвижение в социальных медиаповышение лояльности покупателейпродвижение сайта фирмытехнический аудит сайтастроительство дома ульяновскэндокринные заболевания щитовидной железыденьги в долг срочно гомель

2 comentarios en “Cheque en garantía no es título ejecutivo.

  1. Leonel Andrade dijo:

    Cheque en garantía cobrado por clínica Elqui por operación de mi hijo, pero la Isapre y nosotros le pedimos prorroga para el pago por una situación puntual con la Isapre en la aprobación del programa medico y resulto que después de unos meses cobraron el cheque nosotros le dimos orden de no pago y hoy un abogado externo de la clínica ex fiscal militar nos hizo llegar una demanda por el cheque, entonces quien entiendo esto y cuales son los pasos a seguir ya que según la ley de prohibición de cheque en garantía esto no corresponde y debe ser nulo, ahora si es ley porque los juzgados locales dejan que los abogados pongan estas demandas, se supone que por ley no debieran aceptar, ahora no entiendo a la clínica el proceder sí nosotros estamos esperando una resolución de la Isapre para comprar los bonos y pagar.

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    • Jorge dijo:

      Respecto de los documentos de pago en materia de salud, lo primero es saber si la atención fue calificada o constituyo una urgencia o no. En el primer caso, no se le puede exigir un cheque como garantía al acceso y si ocurre debe concurrir a la Superintendencia de Salud, haciendo el reclamo respectivo.
      Si no constituye urgencia o emergencia, y solo corresponde al modo de pago, el cheque es un medio valido.
      En el caso que usted describe, hay una situación entre el prestador de salud y su isapre que lo afecta. Le sugiero que concurra a la Superintendencia de Salud, exponiendo el caso y solicitando a su Isapre que apure las gestiones para el pago y que recupere el documento. De igual modo puede denunciar ante dicho organismo al prestador (clínica) y a su isapre, por la situación ocurrida.
      Todo lo que haga en la Superintendencia, debe informarlo al tribunal que conoce del juicio del cheque para que no avance.
      Le sugiero finalmente, contactar directamente a nuestro estudio o a otro abogado para que asuma su defensa.

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