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Corte Suprema condena a Fisco a pagar indemnización por muerte de conscriptos en unidad militar

La Corte Suprema rechazó un recurso de casación presentado por el Fisco de Chile en contra de la sentencia que lo condenó a pagar la suma total de $ 220.000.000 (doscientos veinte millones de pesos) a los familiares de tres conscriptos que fallecieron por una explosión de morteros en Linares. Fuente poderjudicial.cl

En fallo unánime (rol 1760-2009) los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Jorge Lagos determinaron que el Estado debe responder por la responsabilidad en el deceso de Juan Carlos Leal, Roberto Gutiérrez Cáceres y Lizardo Silva Navarrete.

Los tres jóvenes eran conscriptos que cumplían su Servicio Militar en la Escuela de Artillería de Linares cuando el 18 de diciembre de 2000 explotó una bomba de mortero en el polígono de tiro General José María Bari de la unidad militar,  que les provocó la muerte.

El fallo determina que el Estado es responsable por la falta de servicio del Ejército por el accidente producido en el campo de entrenamiento.

“De acuerdo con este razonamiento y ampliándolo, puede no exigirse para la responsabilidad de la persona jurídica Estado la culpa o dolo de sus órganos o representantes; basta con que el comportamiento del servicio público fuera distinto al que debiera considerarse su comportamiento normal; o sea, basta con probar una falta de servicio. Por otra parte, la culpa de funcionarios anónimos puede presumirse, como ha hecho en ocasiones la jurisprudencia y en estos casos la culpa del órgano, que se presume de los hechos mismos, constituye la culpa del Estado”, dice el fallo.

Agrega que: “De esta forma en la especie cabe aceptar la aplicación en nuestro país, a partir del artículo 2314 del Código Civil, de la noción de falta de servicio. Que lo anterior ya había sido resuelto por esta Corte Suprema con fecha treinta de julio de dos mil nueve en el fallo “Seguel Cares, Pablo Andrés con Fisco de Chile” rol N° 371-2008 referido a lesiones sufridas por un conscripto en el marco de la ejecución de su servicio militar, donde se señaló en el considerando décimo sexto que es acertada la aplicación del artículo 2314 del Código Civil y la institución de la falta de servicio a la litis planteada, por cuanto permite así uniformar el sistema de responsabilidad extracontractual para todos los entes de la Administración del Estado.”

El fallo determina que el Fisco debe cancelar $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos a Violeta del Carmen Fernández Rodríguez – madre de Juan Carlos Leal Fernández-; $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos a Alejandro Gutiérrez Castillo –padres de Roberto Gutiérrez Cáceres-,  $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a Olga Cáceres Vasallo –madre de Roberto Gutiérez Cáceres- $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a Albertina Navarrete Rivas –madre de Lizardo Silva Navarrete-; $ 10.000.000 (diez millones de peos) a Luzvenia Silva Navarrete y $ 10.000.000 (diez millones de pesos a Yohann Silva Navarrete –hermanos de Lizardo Silva Navarrete.

Los montos habían sido definidos en el fallo de la Corte de Apelaciones de Talca (rol 643-2006) que había establecido el pago en segunda instancia.

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