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¿Cómo funciona la Inspección Sanitaria?

1. Facultades de la etapa de inspección:

Con el fin de verificar el cumplimiento de la normativa sanitaria vigente o de las resoluciones que pudiere haber dictado con este propósito, la autoridad sanitaria se encuentra facultada legalmente para proceder a la inspección de cualquier sitio o local, de propiedad pública o privada y registrar su contenido, en cuanto a realizar un examen de los bienes que los guarnecen, las condiciones en que se encuentran, las personas encargadas o que los operan, los requisitos que cumplen en el caso que ello sea relevante, y en general la forma cómo se desarrolla la actividad sujeta a la inspección.

2. Rol de ministro de fe:
En la etapa a que se ha aludido precedentemente debe participar, uno o más funcionarios de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, en calidad de Ministro de Fe, que tenga la condición de funcionario público de dicha entidad, ya sea titular, a contrata.

3. Levantamiento y contenido del acta de inspección:
El acta deberá levantarse con copia, en el lugar en el que se practica la diligencia de inspección, empleando una letra clara y legible. En ella deberá dejarse constancia de lo siguiente:
a) Lugar y naturaleza del establecimiento en que se realiza la inspección, indicación de la comuna en que se realiza la diligencia, la fecha con indicación de día, mes, año y hora.
b) Individualización completa de la persona natural o jurídica, y su representante legal si fuere posible, que realiza la actividad que se inspecciona, La individualización, comprenderá su nombre y apellidos, cédula nacional o extranjera de identidad, domicilio; indicándose bajo que calidad realiza la actividad, es decir, si la realiza como propietario, arrendatario, concesionario u otra calidad diferente.
c)Hechos que constituyen la eventual infracción a la normativa sanitaria presuntamente infringida y alusión a ésta, con su respectiva denominación si fuere posible. El acta evitará cualquier juicio de valor sobre los hechos además de toda apreciación subjetiva de las circunstancias que rodean los hechos, los cuales serán señalados en la forma como fueron percibidos por los sentidos o los medios instrumentales que permitan su percepción.
d) Inventario de bienes decomisados y circunstancias de su resguardo si procede.
e)Citación de la persona natural o jurídica, o su representante legal, a la audiencia cuyo lugar fecha y hora se señale, indicando la necesidad de que concurra con los medios probatorios que permitan desvirtuar los hechos que constituyen transgresiones sanitarias y con un poder válido para representar a quién corresponda, todo ello bajo apercibimiento de procederse en su rebeldía.
f) Individualización de las personas que asistieron al acto de inspección en los términos referidos en el párrafo 1° ante precedente, quienes suscriben, así como también de la persona que recibe copia del acta levantada.
g) Constancia de cualquier negativa a la recepción de la copia del acta o a su suscripción si procediere.
h) Individualización del funcionario que actúa como Ministro de Fe y la repartición a la cual representa.
Es preciso dejar establecido que el acta es un instrumento público, por lo tanto, el funcionario no podrá, en caso alguno, modificarla con posterioridad a la diligencia, y en caso que se rectifique o modifique en terreno, deberá contar con la firma del fiscalizado. Cualquier información técnica que el funcionario quiera dejar testimonio, lo deberá hacer en un documento o informe adicional, el cual deberá ser agregado o anexado a ella.

4. Amonestación y apercibimiento:
Como un principio elemental de economía procesal y dentro del espíritu constructivo que anima la función de fiscalización sanitaria en cuanto a lograr la corrección de la infracción y la educación del infractor, en el evento que los hechos que da cuenta el Acta de Inspección, constituyan una primera infracción a las disposiciones normativas sanitarias vigentes y que aparezcan antecedentes que así lo justifiquen, en el orden de la repercusión epidemiológica de los hechos, vale decir, de bajo riesgo a la salud pública de la población afectada, la autoridad sanitaria dictará una resolución para amonestar al infractor.
En dicha resolución se exigirá al infractor que subsane los hechos que constituyen las infracciones sanitarias detectadas, dentro del plazo prudencial que se determine para ello, bajo apercibimiento de instruirle una sumario sanitario por los mismos, en el caso que no proceda en consecuencia, lo que se constatará con una nueva inspección al vencimiento de los plazos dispuestos.
Sin perjuicio de lo expuesto, ello no obsta a que si la Autoridad Sanitaria lo estima pertinente, se inicie un sumario sanitario, y en caso de constatarse la infracción y la responsabilidad del fiscalizado, se aplique en carácter de sanción.

5. Medidas sanitarias de emergencia

En el caso de que el mérito de los hechos detectados den cuenta de un riesgo evidente o inminente a la salud pública de la población, con el solo mérito del Acta de Inspección levantada por el funcionario investido como Ministro de Fe, podrá éste ordenar la adopción de alguna o varias de las siguientes medidas de emergencia:
■ Clausura.
■ Prohibición de funcionamiento de casas, locales y establecimientos.
■ Paralización de faenas.
■ Decomisos.
■ Destrucción.
■ Desnaturalización de productos.

Estas medidas corresponden también como sanciones sanitarias, de manera que podrán ser analizadas con mayor detalle con motivo de dicho párrafo.
Además, una vez aplicada la medida de emergencia que se haya resuelto y entregada copia al afectado, el Ministro de Fe debe poner el hecho en conocimiento inmediato de la autoridad o jefe directo para que éste dicte una Resolución mediante la cual deje sin efecto la medida adoptada, o bien la ratifique, caso en el cual procederá a ordenar la instrucción del correspondiente sumario sanitario.
En efecto la medida sanitaria de emergencia se adopta provisionalmente por el Ministro de Fe, pero constituye un acto de autoridad que debe confirmarse, posteriormente, a través del acto administrativo correspondiente.

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32 comentarios en “¿Cómo funciona la Inspección Sanitaria?

  1. Alberto dijo:

    Buenas tardes, tengo una duda, se puede realizar una inspección sanitaria a un establecimiento mientras se encuentre cerrado al publico por remodelación? saludos.

    Responder
    • Jorge dijo:

      Si el local esta cerrado, no esta en funcionamiento. Uno puede oponerse, no esta obligado a abrir la puerta. Si se fuerza la entrada sin la debida orden, hay violación de morada. Ahora bien si la inspección tiene que ver con las obras, y que ellas se ajusten a la normativa, la autoridad puede ingresar si el propietario lo autoriza.

  2. Pamela dijo:

    Buenos días,
    Necesito saber que pasa cuando es aplicada una medida de emergencia, como paralización de faenas por un inspector y dicha acta no es informada inmediatamente a la autoridad sanitaria o jefatura correspondiente?, cumplido el plazo de apercibimiento sin un expediente, no se levanta la medida y el acta es ingresada 2 días después del plazo de citación?. Cuál es la vía de reclamación por la dilación en el levantamiento de la medida de paralización?

    Agradeciendo el contacto y respuesta, les saluda cordialmente.

    Responder
    • Jorge dijo:

      Puede reclamar de las irregularidades del procedimiento a la jefatura del servicio.
      Si requiere asistencia, no dude en contactarnos en alguno de nuestros teléfonos publicados en la web.

  3. kity dijo:

    saludos cordiales,

    tengo una consulta. Quiero comenzar un pequeño emprendimiento de helados artesanales, cuyos productos serán envasados y repartidos a locales o vendidos de forma ambulante. Para ello, obviamente debo sacar resolución sanitaria y me imagino que para ello realizan una inspección en el lugar de trabajo, de ser asi quisiera saber en que consiste esta, ya que no me encuentro en casa propia (arriendo una pieza a los dueños con cocina independiente) y debo comunicarlo a los dueños para que no nos pille de sorpresa algún procedimiento.

    gracias.

    Responder
    • Jorge dijo:

      Le sugerimos que concurra directamente a la Seremi de Salud de su domicilio y pida un formulario y/o instructivo al respecto. Desde ya le podemos decir que se fiscalizara el cumplimiento, a lo menos, del reglamento de alimentos y del reglamento de condiciones sanitarias de los lugares de trabajo. En dichas normas puede encontrar los elementos que le serán exigidos.

  4. Erika arancibia dijo:

    Cómo se puede hacer una denuncia a un local por mal olor tener ratones y vender pan pollo todo junto tener un perro amarrado que el olor deja mucho que decir al público?????

    Responder
    • Jorge dijo:

      Debe dirigirse directamente a la oficina de la SEREMI de Salud de su domicilio y hacer la denuncia respectiva.

  5. Daniela Castro dijo:

    Hola, me gustaría saber donde puedo conseguir el acta de inspección de los locales fiscalizados. Gracias

    Responder
    • Jorge dijo:

      Solicitud vía transparencia

  6. Yessi dijo:

    En caso de ser un impector sanitario y una inspección de rutina se encuentra cin una infracción , que documentación necesita?

     

    Responder
    • Jorge dijo:

      Levantar un acta de inspección.

  7. Gry dijo:

    Hola.

    En una fiscalización realizada a mi rotiseria participa activamente en la inspección de los productos la Asistente Jurídico de la Gobernación.  Quien es la persona que induce finalmente al fiscalizador sanitario a prohibir el funcionamiento del local.

    Es normal este procedimiento?

    Tiene facultad la Asesora Jurídica de la Gobernacion para revisar los productos de mi local, aun más activamente que el funcionario de la Autoridad Sanitaria?

    Responder
    • Jorge dijo:

      Las competencias y funciones de los servicios público y de los funcionarios públicos están definidas por la ley y no pueden salir de dicho margen, quedando expuesta a sanciones y ejercicio de la responsabilidad administrativa.

      La invitamos a contactarnos a través de nuestros teléfonos o formulario de contacto, para así brindar una asesoría mas concreta a su caso.

  8. Alex dijo:

    Hola, tengo una duda, en caso de que haya habido una primera inspección y se encontró cerrado, dejan una orden con otro dia y otro horario de cita y si vuelven a encontrar cerrado qué procede?

     

    Responder
    • Jorge dijo:

      Una nueva inspección o un allanamiento.

  9. Alexandra dijo:

    Hola me han llamado que van hacer una inspeccion sanitaria a mi domicilio para comprobar las condiciones de mis perros.Que es lo que puede provocar que se lleven a mis perros,aparte para que se considere que un perro está en malas condiciones como debe de estar?

    Te inspeccionan toda la casa o solo al animal? Esque todo esto sucedió por motivos de herencia y mi tía nos ha hecho un escrito en sanidad y nunca me ha pasado esto y no se como actuar no quiero que me quiten a mis perros vivo en la comunidad de Madrid y 4 perros,y canarios y un loro,habría problemas por tener estos animales en casa?

    Responder
    • Jorge dijo:

      Estimada, las razones de inspección sanitaria relacionadas con las mascotas se generan por vecinos que se quejan del ruido y olores.
      Las condiciones de tenencia responsable de mascotas están establecidas en la ley y usted debe cumplirlas y entre ellas hay normas relacionadas con el hacinamiento y gestión de residuos.
      Lo importante es que tenga la documentación al día y verifique las reglas de hacinamiento y espacio de mascotas que se aplican a su vivienda o departamento.

  10. Sandra dijo:

    Una consulta, tengo un centro de estética, cuento con permiso sanitario y quisiera saber si necesito otra autorización para trabajar con aparatología o no es necesario. Cómo se realiza la fiscalización en este caso ó en que alguien me denuncie? Tengo obligación de dejarlos entrar a inspeccionar el local? Qué sanción me podria caer? Gracias

    Responder
  11. francisca jorquera barria dijo:

    hola, consulta, cada cuanto hacen una inspección de sanidad?

    tengro una microempresa de elaboración de masas dulces, tengo el certificado sanitario, pero aun asi, es para tener presente la nueva visita

    Responder
    • Jorge dijo:

      Depende de la calendarización de fiscalización de cada SEREMI de Salud.

  12. Karina dijo:

    Hola, buenos días. ¿Cómo es el procedimiento para realizar una denuncia a un edificio en la Región Metropolitana como residente? Se trata del edificio donde vivo y es por un tema de plaga y mala gestión por parte de la administración y el jefe del edificio. ¿Es posible enviar un inspector? ¿A través de qué organismo? En el Seremi no contestan el teléfono.

     

    Muchas gracias.

    Responder
    • Jorge dijo:

      Debe presentar su reclamo ante la SEREMI de Salud metropolitana via web o presencial

  13. Ale dijo:

    Donde puedo hacer una denuncia sanitaria online, de mi lugar de trabajo?.. EL cual no tiene ventilación, ya que estamos trabajando cortina abajo, hacinados y con una pieza q funciona como bodega, en la cual se encuentra el desagüe… 

    Responder
    • Jorge dijo:

      Dependiendo de la localidad o región, en la respectiva SEREMI de Salud. Cada una tiene su pagina web y hay teléfonos habilitados.

  14. Lucia dijo:

    Que función cumple el Cuaderno Manifold? Se considera notificación lo que el fiscalizador anota en el cuaderno manifold, sin entregar acta de fiscalización?

     

     

    Responder
    • Jorge dijo:

      El libro de registro de fiscalizaciones es para dar llevar una bitácora de las visitas y recomendaciones.
      Ahora bien, para el caso de un sumario debe levantarse y notificarse el acta de inspección.

  15. fernanda dijo:

    Hola, tengo una duda que sucede si me no me llega el correo con el link de descargos para justificar mi acta de fiscalización? envié un correo que sale en mi acta, pero aun no tengo respuesta, me tengo que acercar a la seremi de salud para presentar mis descargos?

    Responder
    • Jorge dijo:

      Dicha situación constituye una infracción al procedimiento legalmente establecido. Lo importante, como recomendamos es no indicar su correo electrónico y ajustarse a las normas generales.

  16. michelle dijo:

    donde puedo acusar de una clinica dental que atienden ya por varios meses si tener el permiso sanitario.

    Responder
    • Jorge dijo:

      Ante la SEREMI de salud de su comuna

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